LOS PUEBLOS INDIGENAS DEL GUATEMALA
LOS PUEBLOS INDÍGENAS DEL GUATEMALA
Se calcula que Guatemala tiene 6 millones de habitantes indígenas. El censo oficial del 2002 estima que un 45% de la población es indígena, pero otros informes indican que constituyen el 60% del total de la población. Los grupos étnicos principales son los achií, akateco, awakateco, chalchiteco, ch’orti’, chuj, itzá, ixil, jacalteco, kaqchikel, k’iche’, mam, mopan, poqomam, poqomchi’, q’anjob’al, q’eqchi, sakapulteco, sipakapense, tektiteko, tz’utujil, uspanteko, xinka y los garífuna. El país todavía carece de una base documental sólida que indique con precisión la cantidad de población indígena.
Guatemala está formada por diversos
grupos étnicos entre los que figuran los grupos indígenas de ascendencia maya. Guatemala reconoce, respeta y promueve sus formas de vida, costumbres, tradiciones, formas de
organización social, el uso del traje indígena en hombres y mujeres, idiomas y dialectos.
Los pueblos indígenas tienen derecho a no ser objeto de racismo, discriminación racial, xenofobia ni otras formas conexas de intolerancia. Los Estados adoptarán las medidas preventivas y correctivas necesarias para la plena y efectiva protección de este derecho.
El Estado de Guatemala garantizará, cualquiera que sea su ascendencia, a tener su propia vida cultural, educativa, a profesar y practicas su propia espiritualidad, costumbres, a emplear su propio idioma y gozar de todos los derechos que le son inherentes, de acuerdo a su cosmovisión.
REGULACIONES
La Ley del Día Nacional de los Pueblos Indígenas de Guatemala, reconoce y promueve las formas de vida, costumbres, tradiciones, Organización social, uso de tranje indigena, idioma y dialectos de los pueblos indígenas que habitan el territorio nacional. ademas Guatemala ha ratificado el Convenio 169 de la OIT, que obliga al país a reconocer los derechos de los pueblos indígenas, así como la declaración de las Naciones Unidas sobre derechos de los Pueblos Indígenas y la convención Internacional sobre la Eliminación de todas las formas de Discriminación Racial.
El Artículo 67 de la Constitución de Guatemala establece que los pueblos indígenas gozarán de especial protección del Estado. Esto incluye asistencia crediticia y técnica preferencial para garantizar la posesión y desarrollo de las tierras de las cooperativas, comunidades indígenas y otras formas de tenencia comunal o colectiva de propiedad agraria, con el objetivo de asegurar una mejor calidad de vida para sus habitante
Mejorar la situación de los pueblos indígenas implica respetar los Acuerdos de Paz y las Leyes que protegen sus derechos y su integridad.
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